sábado, 5 de noviembre de 2022

PROTOCOLO VACACIONES 2023

  


ACUERDO PROTOCOLO VACACIONES 2023 (PUNTUALIZACIONES COMITÉ)



Después de la negociación del protocolo de vacaciones , realizada el pasado jueves con la comisión de planificación y seguimiento y la empresa, Serveo decide sacar este acuerdo de vacaciones y desde el comité queremos puntualizar las cosas que no han sido negociadas.


Según lo previsto en el vigente Convenio Colectivo de Contact Center, las vacaciones serán de 32 días naturales al año, divididos en periodos de 7 o 14 días continuados


- Un máximo de dos semanas en el periodo comprendido entre el 12/06/2023 y el

17/09/2023 (periodo estival), (recordamos desde el comité que la palabra que se incluye en el convenio es preferentemente). Se cumplimentará en el formulario específico indicando distintas opciones para cada una de las semanas.


- Dos semanas en el resto del año (periodo invernal). Se cumplimentará en el formulario específico indicando distintas opciones para cada una de las semanas.


- Cuatro días sueltos, bien de forma separada o conjuntamente, cualquier día laborable del año, de común acuerdo entre empresa y trabajador. Se cumplimentará en el formulario específico indicando distintas opciones para cada uno de los días.


A petición del trabajador se podrán solicitar las cuatro semanas y podrán disfrutarse siempre de común acuerdo entre empresa y trabajador.


Periodo de entrega y respuesta de solicitudes


Desde el miércoles 2/11/2022 hasta 15/11/2022 se inicia el periodo de apertura

para pedir vacaciones del 2023, para disfrutar desde 8/01/2023 hasta 31/03/2023.

La respuesta de las mismas se garantiza como máximo el 15/12/2022, priorizando las del mes de enero y febrero.


Desde 02/01/2023 hasta el 16/01/2023 se inicia periodo de apertura para pedir vacaciones 2023, para disfrutar desde 01/04/2023 al 31/01/2024.

La respuesta de estas se garantiza como máximo el 02/03/2023, priorizando las del mes de abril.


La empresa dará a conocer la aceptación o denegación de las fechas propuestas por el

trabajador con al menos dos meses del comienzo del disfrute de las vacaciones, siempre que el plazo de solicitud sea superior a 75 días. En caso de que el periodo sea inferior se dará respuesta con la mayor brevedad posible.(Esta parte no ha sido negociada por parte del comité que según indica el convenio: El periodo de disfrute de vacaciones se fijará de común acuerdo entre el empresario y la persona interesada, quien conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute de las vacaciones)


Concesión de vacaciones


El criterio de concesión de vacaciones para el año 2023 será:


En caso de empate se establece como años anteriores:


  • Todas las solicitudes entregadas en el período comprendido entre las fechas establecidas anteriormente serán consideradas , a efectos prácticos , como si todas ellas se hubieran entregado el primer día.
  • El orden de petición de las vacaciones. (Únicamente se tendrá en cuenta el día de entrega).
  • No haberlas disfrutado el año anterior en el periodo solicitado.
  • En el caso del período de festividades de Semana Santa no se tendrán en cuenta las fechas concretas en las que se celebraron el año anterior sino la festividad en sí misma.
  • En caso de empate en los dos supuestos anteriores las vacaciones se asignan por sorteo.


Las Vacaciones pendientes 2022, se establece periodo que sean solicitadas antes de 8/01/2023 y se podrán disfrutar hasta 31/05/2023.