¿Qué cambia en los permisos?
- Permiso por nacimiento y cuidado del menor. Se amplía de 16 a 17 semanas por progenitor, todas retribuidas al 100 %, Las primeros seis semanas post parto son obligatorias a jornada completa; el resto (11 semanas) se puede usar durante el primer año. La entrada en vigor es inmediata para nacimientos/adopciones desde el día siguiente a su publicación en el BOE (estimada el 30 de julio de 2025)
- Permiso parental adicional por cuidado. Se retribuyen 2 semanas del permiso parental para hijos menores de 8 años. Estas semanas pueden disfrutarse de manera flexible durante los primeros ocho años del menor, con carácter retroactivo para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024.
- Situación de las familias monoparentales. Tienen derecho a 32 semanas de permiso por nacimiento y cuidado: 28 semanas a disfrutar en el primer año. 4 semanas adicionales hasta que el menor cumpla 8 años, también con carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024.
- El artículo 48 bis del estatuto de los trabajadores recoge un permiso no retribuido por una duración de 8 semanas para el cuidado de un hijo hasta que el menor cumpla ocho años.
¿Desde cuándo se aplica?